GEOGRAPHICAL AND STATISTICAL.

19

adicional del decreto de 16 de Octubre de 1870, se plantearon desde 1.o de Julio del mismo año de 1871, con algunas modificaciones, los Aranceles de Aduanas acordados por dicho decreto.

Art. 2. Se aprueba igualmente el acuerdo de la referida Autoridad dispensando del pago de derechos las mercancías españolas que se conduzcan á aquellas Islas por la via de Suez, aunque trasborden en el tránsito à bandera extranjera, siempre que hubieren salido de los puertos españoles en bandera nacional, lleguen con la misma al puerto de trasbordo, y sus mercancías vayan conducidas en los propios envases y con las marcas que tenian al ser despachadas por la Aduana de salida; debiendo ir acompañadas de la correspondiente documentacion justificante expedida por esta oficina.

Art. 3.o Los adjuntos Aranceles para las Aduanas de las Islas Filipinas comenzarán á regir á los seis meses de públicado el presente decreto en la Gaceta de Madrid.

Dado en San Martin de Abanto á veintinueve de Abril de mil ochocientos setenta y cuatro.

El Ministro de Ultramar,

VICTOR BAlaguer.

FRANCISCO SERRANO.

ARANCELES DE ADUANAS PARA LAS ISLAS FILIPINAS.

Número de

la partida.

1

2

3

4

ARANCEL DE IMPORTACION.

Articulos.

Derechos.

Unidad.

Pt. Cs.

10 CO

5

6

7

dichos de otras materias

8

9

10

Algodon para mechas, torcidas y otros usos ...(b.)...

hilado y torcido (Véase Hilos.)

11

Abanicos con varillaje de marfil, nácar, carey y demás

materias finas análogas

con varillajes de madera, hueso, caña, pasta, asta

y demás materias comunes Aceites minerales Acero en barras, planchas y piezas grandes, como muelles para carruajes ú otros análogos...(a.)... - en agujas, plumas y otros objetos análagos....(.b)... Aderezos y adornos compuestos de ámbar, azabache, venturina ó coral, excepto los que tengan oro ó plata...

Aguardiente comun y anisado de todas clases...(b.)... -compuesto y los licores

Aparatos para alumbrado, excepto los comprendidos en otras partidas por razon de su materia (1.) Avalúo... Armas blancas y las hojas para las mismas (Véase la

partida 44.)

Uno

0.25

***

...

Idem

0.01

...

...(b.)...

100 kilogramos

1.10

Idem id. Kilogramo

1.30

0.44

(b:)...

Idem

2.50

...

.(b.)...

Idem

1.50

Litro

0.04

...(b.)...

Idem

0.08

Kilogramo

0.06

10 por 100

12

de fuego de todas clases, los cañones y demás piezas

concluidas para las mismas

...(m.)...

13

Barro labrado, vidriado ó sin vidriar, en objetos de cualquiera forma para uso doméstico o de las

Kilogramo

0.56

artes

***

...

100 kilógramos

0.40

-fino Véase Loza.)

14

Cacao de todas clases

***

...(b.)...

Kilogramo

0.06

15

Calzado de piel 6 tela en botas, botitos, botines y bor-

ceguíes

Par

0.20

...

16

en zapatos de todas clases

Idem

0.13

17

18

en chinelas ó zapatillas, así como el calzado inferior,

comunmente usado por los chinos -para niños; adeudará respectivamente la mitad del

derecho de las anteriores partidas.

...

...

Idem

0.05

19

***

Cartuchos con carga 6 sin ella y las cápsulas de todas

clases

***

...

...(m.) (b.)...

Kilogramo

0.07

20

21

Cera

labra.la

Idem

0.04

...

...(b.)...

Idem

0.18

Page 450Page 451

Share This Page